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Requisito de los Socios

Podrán ser socios de una cooperativa, además de sus incorporadores, toda persona natural mayor de edad y toda persona jurídica, sin fines pecuniarios, que cumpla con los requisitos que se establezcan en las Cláusulas de Incorporación y en el Reglamento General de la cooperativa que se trate. Los menores de edad podrán ser socios de una cooperativa, pero sujeto a las limitaciones establecidas en las leyes de Puerto Rico y en el Reglamento General de la cooperativa.

No se podrá negar o impedir la admisión de una persona como socio de una cooperativa por razones de raza, sexo, creencias religiosas, políticas, condición social o económica. La Junta podrá denegar la admisión de una persona como socio de la cooperativa cuando existan causas fundamentadas para creer que éste puede lesionar u obstruir la consecución de los fines y propósitos de la cooperativa.

El requisito mÌnimo de acciones para ser socio de Credicentro-Coop es de $120.00 anuales.  Todo socio debe cumplir con este requisito para poder disfrutar de todos los derechos y servicios que ofrece la Cooperativa.

Derecho de los socios

Los socios de toda cooperativa tendrán los siguientes derechos y prerrogativas:

  1. Participar con voz y voto en las asambleas sobre bases de igualdad.
  2. Elegir y ser electo para desempeñar cargos en la Junta, en el Comité de Supervisión y en los otros comités que se establezcan.
  3. Utilizar los servicios de la cooperativa.
  4. Estar informado del estado de la situación financiera de la cooperativa.
  5. Conocer el estado de cuentas, haberes y transacciones de la cooperativa.
  6. Decidir la forma en que se distribuyen los sobrantes netos de la cooperativa, cuando los hubiere.

Obligaciones de los socios

Todo socio de una cooperativa, tendrá respecto de la misma, las siguientes obligaciones:

  1. Cumplir con las Cláusulas de Incorporación, con el Reglamento General y con las obligaciones impuestas por las leyes vigentes.
  2. Velar por los intereses de la cooperativa y por el buen Crédito y confianza pública de la misma.
  3. Cumplir con todo contrato, convenio, compromiso u obligaciún social o pecuniaria que contraiga con la cooperativa.
  4. Desempeñar responsablemente las funciones de los cargos para los cuales sea electo o designado y asistir puntualmente a las reuniones de los comités a que pertenezca.

¿Que es Cooperativismo?

El Cooperativismo es una doctrina socio-económica que promueve la organización de las personas para satisfacer, de manera conjunta sus necesidades.  El Cooperativismo está presente en todos los países del mundo.  Le da la oportunidad a los seres humanos de escasos recursos,  tener una empresa de su propiedad junto a otras personas.  Uno de los propósitos de este sistema es eliminar la explotación de las personas por los individuos o empresas dedicados a obtener ganancias.La participación del ser humano común, asumiendo un rol protagonista en los procesos socio-económico en la sociedad en que vive, es la principal fortaleza de la doctrina cooperativista. El cooperativismo se rige por valores y principios basados en el desarrollo integral del ser humano.

¿Qué es una cooperativa?

Una cooperativa es una asociación autónoma de personas agrupadas voluntariamente para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales comunes, por medio de una empresa que se posee en conjunto y se controla democráticamente.  Las cooperativas se crean por necesidades económicas y sociales, operan sin fines de lucro.  Su gobierno se establece sobre bases democráticas, cada socio puede llegar a ser un director.  No se especula con las acciones de los socios, las economías se les devuelven a los socios a base del patrocinio de cada uno.  En efecto, la identidad del sistema cooperativo se fundamenta en los principios y valores.  El cooperativismo es la puesta en práctica de los valores de igualdad, justicia, ayuda mutua, esfuerzo propio, honestidad, responsabilidad social, democracia, constructividad, sacrificio y solidaridad.  Lo más importante en la organización cooperativa es el ser humano. Las personas forman una cooperativa no sólo con propósitos económicos sino sociales y espirituales. En la cooperativa el aspecto humano se hace presente en el espíritu de servicio, de servir a los demás.  Esta motivación es principal en el cooperativismo.

La cooperación como sistema económico y social está basado en ideas que van desde la ayuda mutua hasta la prioridad del ser humano sobre el dinero, desde la participación equitativa en las ganancias hasta lograr una sociedad igualitaria. La cooperativa es democrática.  Se mide no tan sólo por la participación de los socios en las decisiones de la empresa sino por su derecho al voto en las asambleas sin importar el dinero que tenga invertido en la cooperativa.  Se organiza entre personas con intereses comunes para servirse mutuamente.  No se otorgan favores especiales o privilegios a funcionarios y directivos, la autoridad suprema está en el socio.

Antecedentes

Desde muy temprano en la historia de la humanidad los valores de solidaridad, colectivismo y acción común han estado presentes en la organización económica de las sociedades, aunque no es hasta el siglo 19 cuando con la formulación de unos principios y una filosofía surge la doctrina del cooperativismo. El cooperativismo es democrático y promueve el uso de la propiedad sobre bases comunitarias y colectivas de servicio social y no personal. La práctica del  cooperativismo no es otra cosa que la práctica de la igualdad, la justicia, ayuda mutua, esfuerzo propio, honestidad, responsabilidad social, democracia, constructividad, sacrificio y solidaridad.

Las cooperativas han alcanzado grandes logros para la sociedad. Han desarrollado sistemas bancarios entre los  más importantes del mundo, han logrado desarrollar economías rurales en países desarrollados como Japón, grandes complejos cooperativos, como es el caso Mondragón, Corporación Cooperativa en el país vasco al norte de España. Han logrado grandes cooperativas de consumo principalmente en los países europeos,  ejemplo es la Cooperativa Forbundet en Suecia.  El cooperativismo ha servido  para proveer alimento en muchos países y de alternativa  de vivienda  a muchas familias desprovistas de techo en el mundo.  Entre las variadas experiencias que se encuentran en el cooperativismo debemos mencionar el ejemplo de los “kibutz” y “mochavim” en Israel.  Las cooperativas se han desarrollado en todas partes, en países pobres y ricos,  están involucradas en las áreas de producción, distribución, agricultura, comercialización, crédito, industrial, pesca y servicios de todas clases.

Parece no haber límites en donde la idea cooperativa  pueda lograr trabajar: tenemos cooperativas de ferrocarriles, taxis, autobuses, de servicios portuarios, restaurantes, hoteles, centros médicos, juveniles, vivienda, consumo, crédito y muchas otras.  Formación de la Doctrina Cooperativa  Las primeras formas de cooperación aparecen en la Edad Antigua, a través de la formación de comunidades, del trabajo conjunto entre varias personas.  En la época antes de Cristo, principalmente en el continente asiático se encontraron formas de cooperación: en Armenia se formaron las lecherías cooperativas, en Babilonia se conocía una forma de arrendamiento agrícola en forma cooperativa, en Persia existían explotaciones agrícolas de tipo religioso y cooperativo y en China en la dinastía Hum se formaron asociaciones de ahorro y crédito.

El surgimiento del sistema capitalista trae consigo crisis en todos los órdenes, provocados por la variación en el aspecto económico. El paso de una economía agraria a una industrial trajo como consecuencia grandes conflictos. Los campesinos desplazados de sus tierras  emigraron a las grandes ciudades donde no encontraron buenas condiciones de trabajo ni tampoco buenos salarios.  En esta escena de miseria humana surgen las ideas del socialismo utópico que proponían formas de cooperación ideales (utópicas), se destacó la utopía de Tomas Moro, que proponía un sistema cooperativo ideal, un país situado en una isla dividido en pequeñas comunidades, donde los habitantes producen para satisfacer sus necesidades, la propiedad sería comunitaria sin ánimo de lucro.   Sin embargo, no es hasta mediado del  siglo 19 donde realmente comienza a desarrollarse la doctrina cooperativa con valores, principios e ideología.  En el 1832 Robert Owen, uno de los más importantes precursores del cooperativismo internacional, funda el Almacén de Cambio de Trabajo (Equitable Labour Exchange) en Gran Bretaña.

Más tarde en 1835 anuncia su plan para la “Asociación de todas las clases de todas las naciones” este plan incluía una cooperativa central con sucursales en todas partes del mundo.

Charles Fourier, considerado el padre de la cooperación francesa propuso la constitución de asociaciones libres y voluntarios llamada falansterios.  Mientras tanto, en Alemania y en el año 1840 nace la tercera forma de cooperación – la constitución de cooperativas de ahorro y crédito- destacándose figuras como Franz Hermann Schulze- Delitzch y Friedrich W. Raiffeisen.  Así es que en el 1844 en Rochdale, Inglaterra un grupo de 28 obreros (Pioneros de Rochdale) constituyeron una sociedad cooperativa de consumo que consistió de un almacén al detalle de artículos de primera necesidad.  Esta  es considerada la primera cooperativa moderna.  Estos pioneros tuvieron la virtud de resumir en unos principios las ideas de la doctrina cooperativa y de poner a funcionar los mismos con éxito.   A Charles Gide  se le atribuye iniciar la construcción de la doctrina de la cooperación, sistematizando las ideas de los pioneros de Rochdale y a la Alianza Cooperativa Internacional la tarea de definir y difundir los principios cooperativos como principios universales del cooperativismo mundial.  La ACI se fundó en Londres en 1895, inspirada en las ideas de Charles Gide y Robert Owen.  El cooperativismo llega a América en los últimos años del siglo 19.  El canadiense Alfonso Dejardins trae a Canadá la idea de las cooperativas de ahorro y crédito, organizaciones que muy pronto se extendieron a Estados Unidos y otros países, así como el desarrollo de cooperativas agrícolas, de consumo, vivienda, seguros y de otros tipos como las cooperativas de distribución de energía eléctrica en las zonas rurales de América Latina

Historia del Cooperativismo

Una cooperativa es una asociación autónoma de personas agrupadas voluntariamente para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales comunes, por medio de una empresa que se posee en conjunto y se controla democráticamente.  Las cooperativas se crean por necesidades económicas y sociales, operan sin fines de lucro.  Su gobierno se establece sobre bases democráticas, cada socio puede llegar a ser un director.  No se especula con las acciones de los socios, las economías se les devuelven a los socios a base del patrocinio de cada uno.  En efecto, la identidad del sistema cooperativo se fundamenta en los principios y valores.  El cooperativismo es la puesta en práctica de los valores de igualdad, justicia, ayuda mutua, esfuerzo propio, honestidad, responsabilidad social, democracia, constructividad, sacrificio y solidaridad.  Lo más importante en la organización cooperativa es el ser humano. Las personas forman una cooperativa no sólo con propósitos económicos sino sociales y espirituales. En la cooperativa el aspecto humano se hace presente en el espíritu de servicio, de servir a los demás.  Esta motivación es principal en el cooperativismo.

Desde las primeras manifestaciones netamente humanas, los hombres, respondiendo a una vocación natural, pero también buscando protección y amparo frente a las fuerzas de la naturaleza ya las acciones de otros hombres, han actuado guiados por su instinto de conservación en donde la acción en conjunto con los otros miembros de la comunidad ha ocupado un lugar muy importante.

Cuando el hombre se asentó en determinados lugares y comenzó a explotar la tierra de una manera más previsiva y permanente, la cooperación entre los individuos comenzó a convertirse en una acción mucho más compleja. En verdad, los hombres primitivos eran cooperadores por naturaleza y tanto el trabajo como sus frutos, incluyendo los bienes necesarios para obtenerlos, eran de índole colectiva.

Ejemplos del inicio del Cooperativismo son :El comercio de los faraones egipcios (siglo – XXV) quienes conformaron asociaciones encargadas de la regulación de las actividades en la búsqueda de amparar los intereses comunes. El aseguramiento de mercancías por parte de los mercaderes y navegantes fenicios (siglo – XV), que dio origen al seguro colectivo actual. En la China del siglo — XIII aparecen también asociaciones cooperativas de ahorro y crédito, durante la dinastía Chou, limitadas a un pequeño grupo de miembros de una comunidad. En Babilonia, durante los años 550, existieron tanto los “undestabing” cooperativos (stab=vara), orientados hacia el intercambio y la comercialización de productos agrícolas; como las sociedades de créditos, encargadas de defender a los pobres contra las injusticias de los préstamos de los poderosos. En Roma existieron los “Collegia”, conformados por artesanos, que a pesar de contar con facilidades legales o económicas, conformaron colegios comerciales cobijados bajo la figura de asociaciones religiosas y que fueron finalmente suprimidos por Julio César en el año 45.

La idea y la práctica de la Cooperación aplicadas a la solución de problemas económicos aparecen en las primeras etapas de la civilización. Muy pronto los hombres se dan cuenta de la necesidad de unirse con el fin de obtener los bienes y servicios indispensables. Los historiadores del cooperativismo están de acuerdo en señalar como antecedentes del sistema cooperativo, entre otros los siguientes:Las organizaciones para la explotación de la tierra en común de los babilonios (Hans Muller). La colonia comunal mantenida por los Esenios en Ein Guedi, a las orillas del Mar Muerto. Sociedades Funerarias y de seguros entre los griegos y los romanos. Los “ágapes” de los primeros cristianos como forma primitiva de las cooperativas (Lujo Brentano). Vida agraria entre los germanos (Otto Gierke). Organizaciones agrarias y de trabajo entre los pueblos eslavos: el Mir y el Artel entre los rusos, la Zadruga de los serbios. Organización del trabajo y de la producción en el Manoir medieval (De Brouckerc). Agrupaciones de los campesinos para la transformación de la leche “queserías” de los armenios y de los campesinos europeos de los Alpes, del Jura y del Saboya. Organizaciones para el cultivo de la tierra y el trabajo en la organizaciones precolombinas, principalmente entre los Incas y los Aztecas. También la Minka y el Convite. Las Reducciones de los jesuitas en el Paraguay.

Las Cajas de Comunidad en la época de la colonización española en América. Las colonias con el carácter religioso de los inmigrantes en Norte América. Es necesario reconocer también la influencia que tuvieron algunas publicaciones utopistas en el desarrollo del cooperativismo, las cuales s pueden mencionar:La República de Platón (428 – 347 a. De C.) Utopía de Tomás Moro (1480 – 1535) La Nueva Atlántida de Francis Bacon (1561 – 1626) El viaje a Icaria de Etienne Cabet (1788 – 1856) En todas estas obras se puede observar un profundo deseo de organizar la sociedad en una forma más justa y fraternal, eliminando las diferencias de orden económico por medio de procedimiento de propiedad comunitaria y de trabajo colectivo.

Como punto de partida de una visión histórica de la cooperación, es preciso reconocer a los precursores de esta ideología, es decir, aquellas personas que a partir del siglo XVII tanto en las ideas como en las obras, empiezan a precisar las características del sistema cooperativo. Entre los más notables de estos precursores se menciona los siguientes: Peter Cornelius Plockboy; publicó en 1659 el ensayo que comprendía su doctrina y Jhon Bellers (1654-1725), quien en 1695 hizo una exposición sobre doctrinas en el trabajo titulado: “Proposiciones para la Creación de una Asociación de Trabajo de Todas las Industrias Útiles en la Agricultura” el médico William King (1786-1865), y el comerciante Michel Derrion (1802-1850), precursor del cooperativismo de consumo, Felipe Bauchez (1796-1565) y Luis Blanc (1812-1882), precursores del cooperativismo de producción.

En esta fase precursora del cooperativismo, es necesario destacar de manera especial a dos destacados ideólogos: Roberto Owen (1771-1858) y Carlos Fourier (1772-1837). Owen el autodidacta, industrial afortunado desde muy joven, innovador en técnica y sistemas sociales, en el furor de la revolución industrial, intentó llevar a la práctica sus ideas organizando las colonias de New Lanark, en su propio país, Inglaterra y la de Nueva Armonía en Estados Unidos (Indiana), la bolsa de trabajo y la instituciones sindicales de alcance nacional. Fourier, francés, el de la concepciones geniales y ambiciosas, rayanas en el desequilibrio, escritor prolijo y confuso a veces, llevó una vida cómoda y no consiguió llevar a cabo aquellos frutos de su pensamiento inquieto y proféticoEl Cooperativismo moderno surgió en forma sistematizada, principalmente en los países de la Europa azotada por las consecuencias adversas causadas por la Revolución Industrial, que no solo cambio las características de la producción inustrial, sino que se caracterizó por el empobrecimiento de los trabajadores, con lo cual se generó un debate importante en los círculos económicos, sociales, religiosos, laborales e intelectuales.

Tanto los dueños de capital (o quienes dirigían las empresas), como las iglesias, los pensadores sociales y los mismos trabajadores se dieron a la tarea de reflexionar sobre la realidad que estaban viviendo, comenzando a formular propuestas que iban desde la transformación parcial de los modos de operación hasta la construcción de nuevos modelos de sociedad. Así a mediados del siglo XIX, nacen los primeros Principios Cooperativos, que se conocen como Principios de Rochdale, en referencia a la ciudad de Gran Bretaña en la cual fueron suscritos. De estos principios y de estos pensadores, surgieron varias tendencias de cooperativismo : producción, autogestión, cooperativas de seguros, entre otros.

El Padre del Cooperativismo de Ahorro y Crédito lo fue Fredereick William Raiffeisen (1818 – 1888), quién se destacó entre otras cosas, por su empeño en aplicar los principios y métodos de la cooperación a las actividades financieras de los campesinos, artesanos y pequeños empresarios, a quienes agobiaba el hambre, por cuanto las deudas de grandes proporciones y los usureros poco escrupulosos estaban despojándoles de todo cuanto poseían . por tanto, Raiffeisen sugirió a su pueblo afrontar el problema común de la pobreza juntando sus recursos y prestándoselos unos a otros a intereses razonables. Tal fue la idea que dio vida a las Cooperativas de Ahorro y Crédito en el mundo.

Hoy día cerca de 800 millones de seres humanos, asociados a 740 mil sociedades cooperativas locales, conforman el movimiento cooperativo mundial. Si a estas cifras se agrega que cada asociado a una cooperativa forma parte de una familia promedio de cuatro o cinco personas se encuentran relacionadas con el cooperativismo y abarca 93 países del mundo.

 

Los principios cooperativos son normas o guías mediante las cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores.


Primer Principio:  Adhesión abierta y voluntaria
Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser socio/a, sin discriminación social, política, religiosa, racial o de sexo.

Segundo Principio:  Control Democrático por parte de los Socios/as
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios/as, los cuales participan activamente en la definición de sus políticas y en la toma de decisiones.  Los hombres y mujeres seleccionados para representar y administrar las cooperativas son responsables ante los socios/as.  En las cooperativas de primer grado, los socios/as tienen iguales derecho de voto (un socio/un voto), y las cooperativas de otros grados se organizan también mediante procedimientos democráticos.

Tercer Principio:  Participación Economía de los Socios/as
Los socios/as contribuyen equitativamente al capital de sus cooperativas y administran dicho capital en forma democrática.  Por lo menos una parte de dicho capital es propiedad común de la cooperativa.  Normalmente los socios/as reciben una retribución limitada, si es que la hay, sobre el capital aportado.  Los socios/as asignan los excelentes para todos o alguno de los siguientes fines:  el beneficio de los socios/as en proporción a sus operaciones con la cooperativa; el apoyo de otras actividades aprobadas por los socios/as, y el desarrollo de su cooperativa, mediante la posible creación de reservas, las cuales podrían ser, en todo o en parte, indivisibles.

Cuarto Principio:  Autonomía e Independencia
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus socios/as.  Si entran en acuerdos con otras organizaciones, incluidos los gobiernos, o si obtienen capital de fuentes externas, lo hacen en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan la autonomía de la cooperativa.

Quinto Principio:  Educación, Capacitación e Información
Las cooperativas brindan educación y capacitación a sus socios/as, a sus dirigentes electos, sus gerentes y empleados/as para que pueden contribuir eficazmente al desarrollo de sus cooperativas.  Informan al público en general, especialmente a los jóvenes, a los líderes de la comunidad y los medios de opinión, en torno a la naturaleza y los beneficios del cooperativismo.

Sexto Principio:  Cooperación entre Cooperativas
Las cooperativas sirven a sus socios/as en forma más eficaz y fortalecen el movimiento cooperativo al trabajar de forma integrada mediante estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.

Séptimo Principio:  Responsabilidad Social
Las cooperativas trabajan para lograr el desarrollo sostenible de sus comunidades mediante políticas aprobadas por sus socios/as.


Valores

Las cooperativas están basadas en los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. En la tradición de sus fundadores, los socios cooperativos hacen suyos los valores éticos de la honestidad, la transparencia, la responsabilidad social y el amor al prójimo.

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Valores Cooperativos


 

La Doctrina Cooperativa enfatiza unas ideas básicas, presentes en la práctica cooperativa: Igualdad, Justicia, Ayuda Mutua, Esfuerzo Propio, Emancipación Económica y Social.  Estas ideas se manifiestan de diversas maneras dependiendo de las condiciones económicas, políticas y culturales de cooperativas en cada lugar del mundo.  Además, forman parte de la “cultura cooperativa” ciertas Normas Éticas Básicas como la Honestidad, Responsabilidad Social, Pluralismo, Democracia y Constructividad.

Estas caracterizan las relaciones entre los socios/as, así como la relación de la cooperativa con su matrícula de socios/as, otras cooperativas y la comunidad.  Las cooperativas deben visualizarse a sí mismas como organizaciones basadas en las siguientes características, las cuales están orientadas hacia la acción y forman la esencia del Modelo Cooperativo:

1. La actividad económica dirigida a satisfacer las necesidades del ser humano
La orientación de la acción de cooperativas hacia la satisfacción de necesidades de la gente común, las mayorías, trabajadores/as, agricultores/as, consumidores/as, productores/as, pescadores/as etc.

El énfasis en la satisfacción de necesidades es lo que brinda significado real al modelo cooperativo. Esto incluye la responsabilidad para el manejo eficiente de los escasos recursos humanos, económicos y ambientales, dado el  hecho de que la acción cooperativa se fundamenta en el ahorro de las clases pobres.  En su perspectiva global, este valor implica, además, que la orientación de las cooperativas se dirige al mejoramiento de las condiciones de vida de la población mundial que se encuentra en situación de relativa pobreza.

2. La Democracia Participativa
Se destaca el rol de las cooperativas para contribuir a las relaciones democráticas entre las personas, sirviendo como “escuela de democracia” y como “instrumento de democracia económica”.  Se debe prestar atención a las nuevas formas de organización, la participación de la mujer, los jóvenes y los empleados de las cooperativas.

3. La Responsabilidad Social y Ética
El sentido de responsabilidad social siempre ha estado presente en las normas internas de las cooperativas y en su relación con la sociedad en la que se desenvuelven.  Por ejemplo: grupos de personas establecen una cooperativa para asumir responsabilidad en cuanto a sus propias condiciones de vida y las de su comunidad.

4. El Desarrollo de los Recursos Humanos
La meta de consolidar el respeto a la dignidad del ser humano y proveerle una voz, tanto individual como colectivamente, para impactar el mejoramiento de las comunidades, implica, además, que el modelo cooperativo tiene su fundamento en el trabajo del ser humano y no es su explotación por el capital.

5. La colaboración entre cooperativas a nivel regional, nacional e internacional
Las cooperativas tienen entre sí el enorme reto de demostrar que constituyen una alternativa real, de carácter mundial, y basada en el ser humano, frente a las corrientes neoliberalizantes que pretenden dirigir la economía del mundo.  Este valor constituye la herramienta vital para asegurar la constante expansión y penetración del modelo cooperativo a nivel internacional.

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 Credicentro protects your information according to security procedures and standards recognized in our policy and by law.  Our system of information is found in safe surroundings that will prevent access by third persons.  Our employees are trained to comprehend and comply with our safety measures.

Claims

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Credicentro Coop

PO Box 686

Barranquitas, P.R. 00794

 

Test revised by the Board of Directors in the session March, 2021.

La #1 En Servicios

Con Seis Sucursales , Cubriendo el Centro, Norte y Sur de Puerto Rico.

Credicentro-Coop, es una Institución Sin Fines de Lucro, establecida en 1967, bajo el amparo de la Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de Puerto Rico.   Somos una Cooperativa comprometida con los Valores y Principios Cooperativos, los deportes, la juventud, los niños y la Cultura puertorriqueña.

La Cooperativa también contribuye en el desarrollo integral de sus socios, y a la calidad de vida en las comunidades donde éstos residen, por medio de la participación democrática y el fomento de actividades financieras y educativas.  Credicentro-Coop,  mantiene  sus  Oficina  Centrales  en  Barranquitas, Puerto Rico y Sucursales en Orocovis y Ponce, Puerto Rico.

Los depósitos en la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas, no están asegurados por el Gobierno Federal.  Las acciones y depósitos en la Cooperativa, están aseguradas hasta $250,000, por COSSEC.

Contribuir al desarrollo integral y la calidad de vida de los socios, familiares y las comunidades donde Éstos residen fomentando;

  1. La participación democrática y voluntaria.
  2. El desarrollo de actividades financieras y educativas.
  3. Acceso pleno a servicios financieros.
  4. Educación a socios y potenciales nuevos socios sobre el mejor manejo de sus finanzas personales y familiares, el hábito de ahorro y el uso prudente de su crédito.
  5. Actividades productivas mediante el auto empleo, la autogestión y el apoyo a pequeñas empresas.
  6. Desarrollo de líderes comunitarios y voluntarios.

Mantener un crecimiento y desarrollo sólido y sostenido que nos permita:

  1. Promover con mayor énfasis el desarrollo y fortalecimiento del cooperativismo y su filosofía.
  2. Contribuir al desarrollo económico y social de las comunidades donde servimos.

Las cooperativas están basadas en los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. En la tradición de sus fundadores, los socios cooperativos hacen suyos los valores éticos de la honestidad, la transparencia, la responsabilidad social y el amor al prójimo.

Notificación a Socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas de los Términos y Condiciones de la Fusión Voluntaria Asistida con la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abraham Rosa
Mediante carta de 13 de junio de 2022, la Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (COSSEC) notificó su aprobación a la Fusión Voluntaria Asistida entre las Cooperativas de Ahorro y Crédito de Barranquitas, (CREDICENTRO-COOP) y Abraham Rosa, (ARCOOP). Conforme requerido por el Capítulo VII del Reglamento 7051 de COSSEC, según enmendado por el Reglamento Número 9313, a continuación se notifica a los socios de ARCOOP y de CREDICENTRO los términos y condiciones del Acuerdo de Fusión Voluntaria Asistida suscrito por ambas cooperativas. AUTORIZACIÓN COMO COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO: ARCOOP y CREDICENTRO representan y garantizan que ambas son cooperativas de ahorro y crédito debidamente organizadas y existentes y autorizadas a operar como tales a tenor con las disposiciones de la Ley 255.  LEY APLICABLE:  El Convenio de Fusión se rige y será interpretado de conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.  Las partes comparecientes expresamente manifiestan y reconocen que el Convenio de Fusión y la fusión voluntaria de sus operaciones está sujeta, entre otros, a las normas dispuestas en la Ley 255, el Reglamento 7051 así como por las normas, reglas y reglamentos aplicables promulgados por COSSEC. AUTORIDAD PARA LLEVAR A CABO LA FUSIÓN: El Convenio de Fusión se suscribe por ARCOOP y por CREDICENTRO de conformidad con lo resuelto por las Juntas de Directores de ambas instituciones en sus respectivas resoluciones.  La efectividad de la Fusión está sujeta a la aprobación del Convenio de Fusión por la Asamblea de Socios de ARCOOP, por la Asamblea de Delegados de CREDICENTRO, y por COSSEC, todo ello según lo dispuesto en el Convenio de Fusión y en las leyes y reglamentos aplicables.  NATURALEZA VOLUNTARIA DE LA FUSION Y ASISTENCIA FINANCIERA DE COSSEC: Las partes reconocen que la Fusión Voluntaria Asistida es mutuamente conveniente para los socios y depositantes de ambas cooperativas, particularmente considerando que la asistencia o apoyo financiero de $5.5 millones que proveerá COSSEC es un remedio financiero y de política pública. La referida asistencia se implantará de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y el desembolso de la misma es condición esencial para la efectividad de la Fusión Voluntaria Asistida. El Convenio autoriza a los Presidentes Ejecutivos de ambas cooperativas a suscribir la documentación que resulte necesaria y conveniente para implantar la asistencia o apoyo financiero. Siendo la naturaleza inherente de la presente transacción una de carácter voluntario, las partes acuerdan que es condición esencial para la efectividad y consumación de los acuerdos de fusión establecidos en el Convenio que las actuaciones de COSSEC respecto de la misma sean solamente las de autorizar una fusión voluntaria asistida acorde con la solicitud presentada por las comparecientes para aprobación por COSSEC. El Convenio de Fusión no surtirá efectos jurídicos de clase alguna en caso de que COSSEC tome acciones regulatorias respecto de las comparecientes o sus cuerpos directivos y gerenciales más allá de aprobar la fusión voluntaria conforme a los términos del Convenio de Fusión según contemplado en el Capítulo VII, Sección 1(a)(ii) del Reglamento 7051.  De igual manera, si la aprobación que emita COSSEC fuese una para ejecutar y consumar una transacción bajo términos y condiciones distintos a los aprobados por los socios de ambas cooperativas, el Convenio de Fusión no tendrá efecto legal jurídico alguno. De COOSEC aprobar la fusión voluntaria asistida conforme a los términos del Convenio de Fusión, ésta tendrá facultad para designar y notificar por escrito a las cooperativas comparecientes la persona designada para que en representación de COSSEC: (a) lleve a cabo las gestiones que sean necesarias para el desembolso de la asistencia o apoyo financiero por la suma mínima establecida, y (b) firme todos aquellos documentos públicos y privados que sean necesarios y/o requeridos para la debida implantación de la Fusión Voluntaria Asistida, incluyendo el desembolso de la asistencia convenida.  EFECTO JURÍDICO DE LA FUSIÓN: (A) Las partes reconocen que el efecto jurídico de la fusión conlleva que CREDICENTRO asumirá el nombre, activos, bienes, derechos, obligaciones y pasivos de ARCOOP.  En vista de ello, las partes reconocen que los derechos de los acreedores y las obligaciones contractuales de las dos cooperativas que se fusionan no serán perjudicados o menoscabados en forma alguna por este proceso. CREDICENTRO, como entidad resultante de la fusión, asumirá todas las obligaciones financieras, laborales y contractuales de ambas entidades y será responsable del cumplimiento de estas. Los socios y deudores de ambas cooperativas continuarán sujetos a las mismas obligaciones, reclamaciones y demandas que existieren contra ellos en o antes de formalizarse la fusión, y todos los pleitos, acciones u otros procedimientos que se encuentren activos ante cualquier tribunal o foro administrativo en los que sean parte cualesquiera de las dos cooperativas comparecientes continuarán su curso normal hasta su terminación. (B) A la fecha de efectividad de esta fusión las acciones emitidas por ARCOOP a sus socios previo a esta fecha, las cuales tienen un valor par de $10.00, cada una, se convertirán, por virtud del acuerdo de fusión en acciones de CREDICENTRO, con un valor par de $10.00 cada una. Los dueños de dichas acciones, socios de ARCOOP, sin ningún otro requerimiento, se convertirán en socios regulares de CREDICENTRO, con iguales derechos, facultades, obligaciones y sujetos a las Cláusulas de Incorporación y al Reglamento General de CREDICENTRO. Además, los depósitos de los socios y clientes de ARCOOP, a la fecha de efectividad de la fusión, pasarán a ser depósitos de esas personas en CREDICENTRO. Cualesquiera ajustes en términos y condiciones de las cuentas de depósitos que sean necesarios para atemperarse a las normas y políticas de CREDICENTRO se realizarán en cumplimiento con las exigencias aplicables de la ley federal Truth in Savings Act y la reglamentación adoptada a su amparo. Además, aplicarán las disposiciones establecidas en el Capítulo VII del Reglamento 7051 denominado “Cambios Institucionales”, Secciones 1 a la 5, relativas entre otras cosas a: fusión voluntaria, contenido del acuerdo de fusión, derechos y obligaciones de las cooperativas fusionadas. (C)Las cooperativas comparecientes reconocen y acuerdan que, como resultado de la consumación de la Fusión Voluntaria Asistida, a tenor con el Convenio de Fusión todas las personas que a la fecha de la consumación de la fusión sean empleados de ARCOOP se convertirán en empleados de CREDICENTRO bajo los mismos términos y condiciones de su empleo en ARCOOP. Las determinaciones que respecto de dicho personal pueda tomar CREDICENTRO posterior a la fecha de consumación de la fusión estarán sujetas a dichos términos y condiciones y a las leyes y reglamentos vigentes en ese momento.  Cualesquiera ajustes en los términos y condiciones de las relaciones patrono-empleado se realizarán en cumplimiento con la legislación laboral federal y de Puerto Rico que sea aplicable.  Para procurar una transición ordenada de las operaciones de ARCOOP a CREDICENTRO y facilitar la integración y continuidad de los socios de ARCOOP como socios de CREDICENTRO, se acuerda que el contrato de administración de ARCOOP con su Presidente Ejecutivo continuará vigente por un periodo de tres (3) meses a partir de la fecha de efectividad de la Fusión Voluntaria Asistida según dispuesta en la sección 11 del Convenio de Fusión.  (D) Como resultado de la Fusión Voluntaria Asistida todos los inmuebles cuya titularidad está registrada a favor de ARCOOP pasarán a ser propiedad de CREDICENTRO. A esos efectos, las partes se comprometen a otorgar, suscribir y/o tramitar todos los documentos públicos o privados pertinentes a la transferencia registral de la titularidad de esos inmuebles a favor de CREDICENTRO. (E) Como resultado del Convenio de Fusión, la estructura de distritos, la composición de la Junta de Directores y la composición de la Asamblea de Delegados de CREDICENTRO se verán modificadas como sigue para proveer representación a los socios de ARCOOP: (1) Se añadirán dos distritos adicionales, a saber: (a) un distrito adicional correspondiente a la demarcación de los municipios de Toa Alta y Toa Baja, y (b) un distrito adicional correspondiente a la demarcación del municipio de Bayamón; (2) Dos puestos adicionales de miembros de junta de directores, uno por cada uno de los dos distritos adicionales descritos anteriormente; y (3) Los delegados que correspondan en representación de los dos distritos adicionales. En virtud de lo dispuesto en el Reglamento General de CREDICENTRO respecto de la creación de distritos por parte de la Asamblea de Delegados, por la presente se dispone expresamente que la aprobación del Convenio de Fusión Voluntaria Asistida por parte de la Junta de Directores y de la Asamblea de Delegados de CREDICENTRO conlleva e incluye la recomendación favorable de la Junta de Directores de CREDICENTRO y la aprobación expresa de la Asamblea de Delegados de CREDICENTRO para la creación de los dos distritos descritos en el inciso “E.(1)” de esta cláusula, la creación de los dos puestos adicionales de miembros de junta de directores descritos en el inciso “E.(2)” de esta cláusula y la ampliación de la asamblea de delegados según descrito en el inciso “E.(3)” de esta cláusula, sujeto a la consumación y efectividad de la Fusión Voluntaria Asistida.  Los primeros directores en representación de los nuevos distritos adicionales serán designados mediante resolución aprobada por la Junta de Directores de ARCOOP emitida previo a la efectividad de la Fusión Voluntaria Asistida dispuesta en la cláusula 11 del Convenio, sujeto a ratificación por la próxima asamblea de los nuevos distritos.  Dichos directores comenzarán sus nuevos términos como directores de CREDICENTRO a partir de la fecha en que la Fusión Voluntaria Asistida advenga efectiva según lo dispuesto en la cláusula 11 del Convenio. DEBIDA DILIGENCIA DE LAS COMPARECIENTES: Las cooperativas comparecientes representan que ambas llevaron a cabo un proceso de debida diligencia para conocer la condición financiera, operacional y demás detalles de cada una. CREDICENTRO expresamente representa y garantiza que tuvo acceso y examinó toda la información pertinente y necesaria para conocer la condición financiera y operacional de ARCOOP, incluyendo y sin limitarse a la información y/o documentos descritos en el Capítulo VII, secciones 1(a)(ii) y 2 del Reglamento 7051.

En función del proceso de debida diligencia efectuado por las comparecientes, cada una reconoce mutuamente la condición adecuada y sana administración de la otra y se proveen relevos mutuos a ambas instituciones y a sus directores, oficiales, cuerpos directivos, agentes, asesores, empleados y funcionarios ejecutivos, por cualquier evento, reclamación, causa de acción o acción, ya sea extrajudicial, judicial o administrativa, civil o criminal, que corresponda a hechos previos a la consumación de la Fusión Voluntaria Asistida, exceptuando aquellas que sean como resultado directo de actos intencionales de éstos.  En calidad de entidad jurídica subsistente, CREDICENTRO acuerda indemnizar a los directores, oficiales, cuerpos directivos, agentes, asesores, empleados y funcionarios ejecutivos de las partes comparecientes (incluyendo gastos de representación legal) respecto de todo evento, reclamación, causa de acción o acción, ya sea extrajudicial, judicial o administrativa, civil o criminal, exceptuando aquellas que sean como resultado directo de actos intencionales de éstos.  Nada de lo establecido en el Convenio afectará las cubiertas de seguro y fianzas que corresponden a las operaciones de las comparecientes.  Como parte de los procesos de consumación de la Fusión Voluntaria Asistida, CREDICENTRO actualizará las cubiertas, términos y condiciones de las pólizas y fianzas acorde con las dimensiones y alcances de las operaciones integradas y consolidadas resultantes de la fusión y acorde con las normas de responsabilidad dispuestas en esta sección 9.  FECHA DE EFECTIVIDAD; La Fusión Voluntaria Asistida dispuesta en el Convenio de Fusión será efectiva el 1 de julio de 2022.

 

Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas
PO Box 686
Barranquitas, PR 00794-0686
Tel. (787) 857-3500

www.credicentrocoop.com
info@credicentrocoop.com

Cooperativa Online

Revise el balance de sus cuentas y haga sus transacciones en línea, usando nuestro servicio CoopOnline: – Cooperativa por internet.

Circuito Cooperativo

Con este servicio de Sucursales Compartidas del Circuito Cooperativo, miembros de otras Cooperativas pueden hacer sus transacciones en Nuestra Oficinas

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Credicentro-Coop – Socio activo de USICoop la nueva era en servicios tecnológicos para las Cooperativas.

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          Consistente: Siempre se reciben los pagos, aún cuando esté de viaje, de vacaciones o ausente por cualquier otra razón.
          Transparente: Estados rápidamente disponibles para auditar.
          Voluntario: Solo con la autorización firmada del socio puede iniciarse el servicio.

Blog

Lanzamiento de Bandera

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Actividad William Matos

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Congreso Cooperativismo Toa Baja

Credicentro-Coop participó del primer Congreso  de Cooperativismo del Municipio de Toa Baja. La Sra. Awilda Ortiz-Presidenta del Comité de Educación y la Sra. Luz Mary Rivera-Educadora Cooperativa, asistieron al histórico evento donde se resaltó el Modelo Cooperativo.

En Credicentro ¡Nuestro Centro eres Tú!

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Coop Juvenil Escolar, Amigos de Papa Juan XXIII,

El Sr. Miguel A. Ortiz Santos-Presidente Ejecutivo de Credicentro-Coop, estuvo presente en la inauguración de la Cooperativa Juvenil Escolar, Amigos de Papa Juan XXIII, de la Escuela Especializada en Ciencias y Matemáticas de Bayamón. Nuestro Comité de Educación y la Gran familia de esta institución, siguen fomentando el Modelo Cooperativo en nuestra juventud. ¡Nuestro Centro eres Tú!

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Coop Juvenil Toa Baja

El Sr. Miguel A. Ortiz Santos-Presidente Ejecutivo de Credicentro-Coop, estuvo presente en la inauguración de la Cooperativa Juvenil Escolar, Toa Coop de la Escuela Adolfina Irizarry de Puig de Toa Baja. Nuestro Comité de Educación y la Gran familia de esta institución, siguen fomentando el Modelo Cooperativo en nuestra juventud. ¡Nuestro Centro eres Tú!

#credicentrocoop #cooperativa

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Reunión Empleados 2024

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COOPERATIVA AHORRO Y CREDITO DE BARRANQUITAS

Oficina Central

CARRETERA 156 KM 17.1
Barranquitas, PR
Tel: 787.857.3500
Fax: 787. 857.4535
Audio-Coop: 787.857.1384 | 787.857.4505

Gerente: Ada C. Morales

Horario:
Lunes a Viernes
8:00 a.m. – 4:00 p.m. | Horario de Oficina | Auto-Coop
Sábado 8:00 a.m. – 12:00 p.m.

Oficina de Servicios

PR 152 Km. 7.8
Bo. Quebradillas
Barranquitas, PR
Tel. 787.857.3500

Gerente: Sr. Carlos J. Rivera Rosado

Horario:
Lunes a Viernes
8:00 a.m. – 4:00 p.m. | Horario de Oficina | Auto-Coop
Sábado 8:00 a.m. – 12:00 p.m.

Oficina de Servicios

Orocovis

1 Muñoz Rivera
Orocovis, PR
Tel: 787.867.9300
Audio-Coop: 787.857.1384 | 787.857.4505

Gerente: Damaris Ramírez

Horario:
Lunes a Viernes
8:00 a.m. – 4:00 p.m. | Horario de Oficina |

Oficina de Servicios

Ponce

1469 Ave. Tito Castros
La Rambla Ponce, PR
Tel: 787.841.2422
Audio-Coop: 787.857.1384 | 787.857.4505

Gerente: José H. Pérez

Horario:
Lunes a Viernes
8:00 a.m. – 4:00 p.m. | Horario de Oficina | Auto-Coop
Sábado 8:00 a.m. – 12:00 p.m.

Oficina de Servicios

Rexville

Carr. 167 KM 18.7
Rexville Bayamón, Puerto Rico
Tel: 787.395.7401
Audio-Coop: 787.857.1384 | 787.857.4505

Gerente: Wilfredo Sepúlveda Pinto

Horario

Lunes a Viernes
8:00 am – 4:00pm | Horario de Oficina | Auto-Coop
Sábados 8:00am – 12:00pm



		

Oficina de Servicios

ToaBaja

Carr. #2 KM 17.7
Sector Macún, Toa Baja, Puerto Rico
Tel: 787.622.3055
Audio-Coop: 787.857.1384 | 787.857.4505

Gerente: Ivelisse Morales Marrero

Horario

Lunes a Viernes
8:00 am – 4:00pm | Horario de Oficina | Auto-Coop
Sábados 8:00am – 12:00pm

Contáctenos

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